domingo, 20 de septiembre de 2009

DEFINICION DEL DERECHO

DIFICULTADES QUE PLANTEA DEFINIR EL DERECHO.


A través de la historia se ha tornado difícil encontrar una definición precisa del Derecho, Establecer un criterio de definición de lo que ha de denominarse " Derecho", nos conlleva necesariamente a establecer distintas reflexiones, sobre el mismo. Varias corrientes dogmáticas, generadas esencialmente por Juristas nos mueven a lograr un panorama de su significado muy variado la mayoría de las veces por el no ajeno carácter de la evolución política y jurídica de los pueblos a través de su historia.
Así podremos encontrar Algunos significados del término Derecho según las doctrinas

a) Doctrinas Iusnaturalistas.
Las posiciones Iusnaturalistas coinciden en sostener que el Derecho no se agota del solo Derecho Positivo creado e impuesto por los hombres, sino que por sobre este existe un conjunto de principios y normas anteriores y superiores a él. A estos principios debe atenerse el Derecho Positivo para ser considerado un auténtico Derecho.
[1]

Una ventaja indudable de las pociones de las posiciones Iusnaturalistas se encuentra en que ellas reconocen y amparan una serie de valores inherentes a la persona humana, tales como la justicia, la libertad, la dignidad del hombre, etc. Un inconveniente es que el planteamiento Iusnaturalista en casos extremos podría atentar contra la seguridad jurídica, pues en muchos casos dejaría al criterio de la persona el obedecimiento de las leyes, peligrando el orden y la estabilidad social.

b) Doctrinas Positivistas.
Las Doctrinas Iuspositivistas afirman que no hay más Derecho que el Positivo, el Derecho se agota en el Derecho positivo, en las normas creadas e impuestas por los hombres, fundamentalmente por el poder del Estado, de esta manera el Derecho Positivo no depende en absoluto del Derecho Natural.

La gran ventaja de las Doctrinas Positivistas se encontraría en constituir un resguardo, una garantía para la Seguridad Jurídica, el orden y la estabilidad social. Su gravísimo inconveniente es que obligaría a obedecer leyes injustas y muchas veces, también inhumanas como ha ocurrido en varias ocasiones.
[2]

c) Realismo Jurídico.

Para el Realismo Jurídico el elemento clave para definir el Derecho son los actos o hechos realizados por ciertas personas, específicamente por aquellas que operan con las normas jurídicas como son los Jueces, abogados o determinados funcionarios. Se pretende formular una teoría del Derecho que sea rigurosamente científica, y nos dicen que una ciencia sólo puede elaborarse a partir de hechos o datos empíricamente comprobables.

El Jurista norteamericano Oliver Wendell Holmes nos dice que “Derecho es aquello que hacen los jueces” El Realismo Jurídico ha tenido especial aceptación en EE.UU. y los países escandinavos. Sin embargo, en la actualidad esta concepción de Derecho, sobre todo el principio de verificación empírica ha sido superada.
[3]

El Derecho en si tiene muchas definiciones según el punto de vista en que se perciba. El Derecho es un medio eficaz para lograr un modelo de organización social. Este modelo dependerá de las concepciones políticas, económicas y sociales; que pelean entre sí para ser la que se imponga sobre la sociedad. Sin embargo, no hay que unir al derecho con la política. Si se quiere que un modelo se lleve a cabo, es necesario lograr que se respete. El Derecho es sólo uno de los muchos medios para lograr esto, pues hay otros como la moral, la religión, la propaganda, la educación, etc. Aunque el derecho como medio, tiene ciertas ventajas: obliga (los otros sólo persuaden), es formal (obedece a reglas preestablecidas), es estatal, regula sólo externamente, típica una gran variedad de conductas exigibles y de forma precisa.




El Derecho evoluciona dependiendo de la sociedad, lo que es hoy derecho, mañana no lo será.
Podemos hablar entonces que el derecho se ve desde un punto de Interpretación Subjetiva es decir lo que observa cada persona como concepto de Derecho, dependiendo del punto de vista en que lo observa y de sus necesidades, de la capacidad de conocimiento, por lo tanto se podría decir que Derecho es todo lo que nos han dicho que es, para cada caso existe una definición diferente.
No existe un derecho único, pues este evoluciona según el tiempo, por lo cual existen y existirán muchas definiciones del Derecho
[4] pero en general se podría decir que El Derecho es un mecanismo de control social. Como medio para establecer un modelo de organización social requiere de un esfuerzo creativo: ver qué conductas debe exigir para que el modelo tenga éxito, y qué sanciones ponerles para que se cumplan. Así, el Derecho es “un conjunto de normas de comportamiento impuestas a los hombres que forman parte de una sociedad, para obtener de ellos una conducta externa mínimamente compatible con el modelo de organización social establecido”. Independientemente si este sea Iusnaturalista, positivo, realista Etc. Todas las dimensiones del derecho buscan un fin único que es el de la justicia por lo cual estas doctrinas anteriormente mencionadas deben estar unidas ya que sin ellas se generarían huecos y dudas que aun no han sido totalmente cubiertas, por lo cual ninguna es mas importante que otra si no que dependen una de la otra.

Otra Bibliografía consultada:
http://personales.com/chile/santiago/Elprofe/inderech.htm

http://html.rincondelvago.com/teoria-del-derecho-espanol.html

http://www.gramsci.org.ar/8/18.htm

http://www.u-cursos.cl/





Maryely Díaz Ardila
MARYELY1989@YAHOO.COM


[1] PORRAS, Javier Dorado. Iusnaturalismo y positivismo jurídico: una revisión de los argumentos en defensa del iuspositivismo. Volumen 33 de Cuadernos "Bartolomé de las Casas". Librería-Editorial Dykinson, 2008
[2]. Antonio-Enrique Pérez Luño, Rafael González-Tablas Sastre, Fernando Llano Alonso.Trayectorias contemporáneas de la filosofía y la Teoría del Derecho
[3] Encuentro, 2000. Diálogo filosófico, Números 46-48. Universidad de Michigan.
[4] Hans Kelsen. Teoría general del derecho y del Estado. UNAM, 1995.

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